ASAMBLEA NACIONAL RATIFICA TEXTOS DE LA REFORMAS A LA LEY DE COMUNICACIÓN

Con 126 votos a favor la Asamblea Nacional ratificó las reformas a los artículos 5 y 44.1 de la Ley Orgánica de Comunicación, se refiere a los medios y al sistema de comunicación social, por el cual se determina que la comunicación es un derecho humano que abarca la libertad de pensamiento y de expresión.

Además, el legislativo dispuso que en los próximos días el documento sea enviado para su publicación en el Registro Oficial.

Por su parte, el asambleísta Jaime Olivo, presidente de la Comisión de Derechos Colectivos, indicó que la objeción parcial del Ejecutivo contravienen el espíritu de las reformas a la Ley de Comunicación, al decir que los medios de comunicación son personas naturales y jurídicas, esto podría limitar, restringir y prohibir de manera directa o indirecta la libertad de pensamiento y de expresión.

Así mismo, pretendía regular el internet, las redes sociales y digitales; como el audio y video por suscripción, cuando ya están regulados por la Agencia de Control y Regulación de Telecomunicaciones.

De acuerdo al artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, todas las personas tienen derecho a expresar su propio pensamiento, así como a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole.

Mientras tanto, los legisladores insistieron que la Ley de Comunicación del 2013 reflejaba un retroceso de derechos con mecanismos de censura.

La objeción parcial del Ejecutivo, con una redacción confusa, pretendió incluir a las redes sociales, así como a las plataformas digitales en la definición de los medios de comunicación, por tanto, no se puede aceptar un veto que busca controlar las nuevas formas de comunicación, la ley debe proteger y amparar a los trabajadores de la comunicación, reiteraron.

Según la reforma aprobada considera medios de comunicación social a las organizaciones públicas, privadas y comunitarias, a los concesionarios de frecuencias de radio y televisión, que ejercen la difusión masiva de contenidos comunicacionales, a través de medios impresos, radio, televisión y audio o video por suscripción, cuyos contenidos pueden ser generados o replicados por el medio de comunicación a través de internet.

Finalmente, el sistema de comunicación social se determina como el conjunto articulado de organizaciones públicas, privadas y comunitarias que ejercen la difusión masiva de contenidos comunicacionales, en forma estable y periódica, a través de medios impresos, radio, televisión y audio o video por suscripción, cuyos contenidos pueden ser generados o replicados por el medio de comunicación a través de internet.

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