El Presidente de la República, Guillermo Lasso, firmó este 23 de agosto 2023, el Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación. Este instrumento viabilizará la marcha de la normativa. “Hoy, el Ecuador da un paso importante en su necesidad de blindar la democracia para garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos”, dijo.
Además, el Mandatario expresó que para garantizar el respeto y promoción de la libertad de expresión. Luego de mayo del 2021, el Presidente enviaría una propuesta de Ley reformatoria que respete estos principios, la hoy extinta Asamblea Nacional volvió a incluir en esta propuesta elementos persecutorios y sancionatorios contra medios de comunicación y periodistas. En respuesta y como una histórica decisión por blindar definitivamente la libertad de prensa, veté parcialmente por objeciones de inconstitucionalidad y de inconveniencia, artículos de esta engañosa propuesta, la respuesta favorable de la Corte Constitucional a la mayoría de estas objeciones, no volverá una Ley mordaza al Ecuador.
Así mismo, la secretaria General de Comunicación, Wendy Reyes, indicó que “el Gobierno Nacional creé que no deben existir instancias sancionatorias ni podemos tolerar que se persiga a personas por sus opiniones”.
Por lo que, Lasso aseguró que “tenemos que proteger la voz de la prensa, hacerlo significa blindar nuestra democracia de poderes delictivos que pretenden el control silenciando voces libres y eruditas”.
En cambio, los mecanismo de prevención y protección del trabajo periodístico, plantea una instancia técnica estatal, como objeto adoptar medidas que garanticen el trabajo periodístico. Esto mediante políticas de seguridad implementadas a partir de una evaluación técnica sobre la situación de riesgo de los trabajadores de la comunicación, que será ejecutada por las entidades señaladas en la Ley y con la participación y colaboración de las entidades que se consideren necesario.
De igual forma, las instituciones que la conformaran del mecanismo de prevención y protección del trabajo periodístico son: los Ministerios de Defensa, Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Interior; las Secretarías de Gestión de Riesgos, Derechos Humanos; Fiscalía General del Estado; un representante de los trabajadores de medios de comunicación privados, públicos y comunitarios; entre otros.
Sin embargo, el Reglamento incluye medidas especiales de protección para las mujeres trabajadoras de la comunicación, el Consejo de Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación diseñará políticas, planes, programas y medidas especiales de seguridad que incluyan perspectiva de género, recopilen información estadística y que incorpore propuestas y recomendaciones de organizaciones de la sociedad civil especializadas en libertad de expresión, periodismo, monitoreo, violencia de género y derechos de las mujeres.
Finalmente, contará con un Consejo Consultivo, que se encargará de la elaboración de insumos, informes y proyectos de resolución para su aprobación en materia de libertad de expresión, libertad de pensamiento y opinión, derechos a la información y comunicación, cuyas recomendaciones no tendrán carácter de vinculante. Su conformación será cada dos años y tendrá a los representantes de las organizaciones sociales de los pueblos y nacionalidades indígenas, pueblos afroecuatorianos, pueblos montubios, registrados en el Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales del Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos; gremios de trabajadores de la comunicación, medios de comunicación públicos, privados y comunitarios, organizaciones ciudadanas relacionadas a la promoción de la cultura.