ASAMBLEA NACIONAL APROBÓ POR UNANIMIDAD LA REFORMA A LA LEY PARA PLANIFICACIÓN INTEGRAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN AMAZÓNICA

Con 125 votos a favor la Asamblea Nacional se ratificó en el texto original de 18 artículos objetados por el ex presidente de la República, Guillermo Lasso, a la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica y acogió el dictamen 3-23-PO/24 de la Corte Constitucional, respecto a la inconstitucionalidad del segundo inciso del artículo 41.3 sobre los requisitos para que una persona natural o jurídica sea catalogada como proveedor local de la circunscripción territorial amazónica.

Por lo que, la Ley irá al Registro Oficial, esto promueve la inclusión de los pueblos y nacionalidades indígenas, la participación igualitaria y equitativa entre hombres y mujeres, observando aspectos sociales, económicos, ambientales, culturales y deportivos en su planificación y gestión.

Por su parte, el presidente de la Asamblea Nacional, Henry Kronfle destacó que con la Ley Amazónica es la décima Ley aprobada en este periodo corto del legislativo.

Según, la Ley para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica establece políticas claras que garanticen la prevención y la erradicación de la violencia de género contra mujeres y niñas, el objetivo es eliminar las brechas de desigualdades y exclusión, para el desarrollo humano, el respeto a al derecho de la naturaleza, la conservación de sus ecosistemas y la biodiversidad, el derecho a la educación de sus habitantes, patrimonio cultural, memoria social, la interculturalidad, plurinacionalidad y el régimen de sanciones.

Para el presidente de la Comisión de Biodiversidad y Recursos Naturales, Guido Vargas por la provincia de Sucumbíos, la Ley para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, aborda aspectos importantes para el pueblo amazónico relacionado a la salud, educación y trabajo que fortalece el desarrollo y bienestar de los amazónicos.

Además, Vargas destacó que las actividades económicas y productivas se sujetarán a una planificación integral, minimizará los impactos negativos en el territorio; el 80 % de la nómina de las empresas públicas, privadas, mixtas y comunitarias, con capital nacional o extranjero será para los residentes permanentes de la Circunscripción. El 10 % de la mano de obra les corresponderá a las personas pertenecientes a los pueblos y nacionalidades.

Así mismo, el presidente de la comisión de Biodiversidad, Guido Vargas explicó que la distribución del Fondo de Desarrollo Sostenible Amazónico, establece que el 3 % será destinado a la creación de las Universidades y Escuelas Politécnicas Públicas en las provincias de Sucumbíos, Orellana, Morona Santiago y Zamora Chinchipe.

Mientras tanto, el legislador amazónico dijo que el 5 % será para el fortalecimiento de la Universidad Regional Amazónica IKIAM y las sedes y extensiones de la Universidad Estatal Amazónica en las provincias de Sucumbíos y Zamora Chinchipe, la Escuela Superior Politécnica del Chimborazo en las provincias de Orellana y Morona Santiago.

También, la Ley determina que la Secretaría Técnica Amazónica, en coordinación con el Ministerio de Salud Pública, analizarán y tomaran las decisiones necesarias para establecer el servicio público de atención permanente y efectiva a personas con enfermedades raras, huérfanas o catastróficas.

Finalmente, Nelly Mera, presidenta de la Asociación de Transportes (TRANSUR) de Sucumbíos; Marco Antonio Enríquez, presidente del Comité Universitario de Sucumbíos; Auxilio Vera, coordinadora regional de la Red de Mujeres Amazónicas y Nohelia Mantilla, presidenta de la Asociación de Estudiantes ESPOCH y Luis Alfredo Azogue, presidente de TRANSUR, respaldaron el texto de la Ley aprobado por la Asamblea Nacional y rechazaron la objeción del ex presidente Lasso.

PRESIDENTE NOBOA EMITIÓ DOS REGLAMENTOS DE LAS LEYES DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN Y DEFENSORÍA PÚBLICA 

El presidente de la República, Daniel Noboa a través de los Decretos Ejecutivos 124 y 134 emitió los Reglamentos Generales de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de la Ley Orgánica de la Defensoría Pública. El compromiso del Gobierno es ponerse al día con la emisión de reglamentos, para la adecuada implementación de las leyes vigentes. Ambos reglamentos se encontraban pendientes por el gobierno anterior.

La Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública fue publicada en febrero de 2023. El objetivo de esta normativa es garantizar y regular el derecho al acceso a la información pública, en cumplimiento a la Constitución y a los instrumentos legales e internacionales.

En cambio, a la Defensoría del Pueblo describe las atribuciones como órgano rector, el mecanismo de conformación de los Comités de Transparencia y de los oficiales de transparencia; así como las obligaciones generales para la garantizar el acceso a la información pública y las excepciones, entre otros.

En relación a la Ley de la Defensoría Pública, publicada en mayo del 2021, el reglamento fue trabajado en coordinación con la Defensoría Pública y tiene por objeto regular los procesos de Ley para garantizar el acceso a la justicia de las personas que no pueden contratar servicios privados de defensa legal para la protección de sus derechos.

Finalmente, el Reglamento establece las definiciones, requisitos para determinar el estado de indefensión, líneas de atención prioritaria, componentes del sistema informático de información y patrocinio y defensa jurídica gratuita y regulaciones para la red complementaria a la defensa jurídica pública.