COMISIÓN DEL DERECHO AL TRABAJO AJUSTARÁ PROYECTO DE JUBILACIÓN ESPECIAL PARA LA CTE TRAS DICTAMEN DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

La comisión del Derecho al Trabajo y la Seguridad Social de la Asamblea Nacional, conoció el Dictamen N.º 3-25-OP/25, emitido el 3 de julio de 2025 por la Corte Constitucional, en el que se acepta la objeción parcial por razones de inconstitucionalidad presentada por el presidente de la República, Daniel Noboa, al proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social para la Jubilación Especial del Cuerpo de Vigilancia de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE).

Según, la Corte Constitucional los artículos 1 y 2, así como la Disposición General Primera del proyecto de Ley, contravienen los artículos 287 y 369 de la Constitución de la República, al no haberse presentado estudios actuariales específicos y actualizados, ni un análisis de factibilidad financiera que garantice las fuentes de financiamiento necesarias para las obligaciones planteadas.

Por lo que, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad de los artículos y la Disposición General Primera del proyecto de Ley.

Finalmente, los artículos objetados por inconstitucionalidad se refieren al régimen de jubilación especial y a la contribución para su financiamiento, aplicable a los servidores del Cuerpo de Vigilancia de la CTE.