Las acciones del legislador Dominique Elián Serrano Molina durante la sesión de la comisión de Transparencia y Participación Ciudadana serán analizadas conforme a lo que establece el artículo 169, numeral 1, de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, que se refiere a las faltas administrativas leves, específicamente cuando se inobservan las disposiciones institucionales de respeto a los símbolos y normas de comportamiento que lesionen la imagen institucional.
Según la LOFL, el comportamiento de las y los asambleístas debe enmarcarse en los principios de respeto, responsabilidad, ética pública y observancia de las normas parlamentarias. El accionar del asambleísta Dominique Elián Serrano Molina podría transgredir estos principios y vulnerar normas expresas de dicha Ley.
La asambleísta Valentina Centeno Arteaga presentó, este jueves 3 de julio del 2025 a las 19h00, con base en el artículo 173 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, una solicitud para que el CAL disponga el inicio del procedimiento correspondiente para la determinación de responsabilidades por presunta infracción. En caso de establecerse la existencia de faltas administrativas, se apliquen las sanciones disciplinarias que correspondan.
Este caso será tramitado de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, como en ocasiones anteriores en el periodo del presidente Niels Olsen, garantizando el debido proceso y la institucionalidad parlamentaria.