MINISTERIO DE TRABAJO CONSIDERA QUE NORMATIVAS VIGENTES YA REGULAN EL ACOSO LABORAL

La comisión del Derecho al Trabajo y a la Seguridad Social, receptó los criterios de los delegados del Ministerio de Trabajo respecto al Proyecto de Ley Orgánica para la Prevención y Erradicación del Acoso Laboral, en el marco de la elaboración de su informe para primer debate.

Para María Gabriela Pico y David Padilla, subsecretaria de Normativa y subsecretario de Empleo y Salario del Ministerio de Trabajo, señalaron que ya existe un marco normativo vigente que recoge muchos de los principios contemplados en el proyecto de Ley del 2023.

Los funcionarios insistieron en que dicho marco legal es suficiente en cuanto a reformas normativas y cumplimiento de exigencias internacionales, ya que actualmente ampara diversas modalidades de acoso laboral.

Según, María Gabriela Pico el artículo primero, que se refiere al objeto de la Ley, ya se encuentra regulado en la reforma realizada al Código del Trabajo y a la LOSEP, en concordancia con la aplicación del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tanto en el sector público como en el privado. Este convenio busca prevenir, erradicar y sancionar diversas formas de agresión y maltrato en el entorno laboral.

Además, la definición de acoso laboral propuesta en el proyecto es contraria a la establecida en el Convenio 190 de la OIT, ya ratificado por el Ecuador. La Ley Reformatoria para Prevenir el Acoso Laboral en todas sus modalidades ya contempla una definición vigente desde el 2024.

Por otro lado, la rectoría ya existe en un cuerpo colegiado encargado de los temas de violencia de género en todos los entornos, como es el Comité Interinstitucional, que actualmente se encuentra en funciones. No obstante, consideran que podrían asignarse atribuciones específicas sobre acoso laboral a dicho comité.

Por su parte, David Padilla indicó que la Ley Orgánica Reformatoria para la Erradicación de la Violencia y el Acoso en todas las modalidades de trabajo es la   norma que actualmente rige en esta materia y que recoge principios más alineados con las disposiciones de la OIT.

También, dijo que existe el Acuerdo Ministerial 2020-2024, que establece el protocolo para reglamentar y hacer efectivos los derechos contemplados en dicha Ley. Este protocolo se encuentra próximo a ser reformado para incorporar los avances requeridos por las instituciones pertinentes.

Mientras tanto, el asambleísta Roberto Cuero manifestó que no existe mejor momento para debatir una norma de esta naturaleza, especialmente tras la expedición del Decreto Ejecutivo 57 que motivó la salida abrupta de 5.000 servidores públicos.

Finalmente, el presidente de la comisión del Derecho al Trabajo, Ecknner Recalde sostuvo que en la próxima sesión recibirán los argumentos del ponente del proyecto de Ley.