ASAMBLEA APROBÓ LEY ECONÓMICA URGENTE PARA GARANTIZAR EFICIENCIA DEL GASTO EN LOS GAD

Con 77 votos a favor, la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de reforma al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), que establece que los gobiernos autónomos descentralizados provinciales y municipales deberán destinar el 70% del presupuesto institucional anual codificado de egresos no financieros a gastos de inversión, así como al mantenimiento y reposición de infraestructura, bienes y activos públicos que respalden la prestación de servicios públicos.

En el segundo debate, la legisladora Valentina Centeno recordó que esta disposición está vigente desde 2011; no se ha cumplido con lo establecido, por lo que es necesario priorizar los recursos para atender necesidades básicas, como el acceso al agua potable, servicio del que carecen cuatro millones de habitantes. Del total de personas que sí cuentan con este recurso vital, el 71% recibe agua de baja calidad.

Además, la reforma, al menos el 70% del presupuesto se destinará a obras y servicios y el 30% a gasto corriente.

“Hoy tenemos una oportunidad de hacer justicia con el país, la oportunidad de corregir la forma en que se invierte el gasto público, para que se destine a servicios para la gente y a obra pública. La dignidad se construye. Hoy más que nunca el Ecuador necesita construir un futuro”, dijo Centeno.

Mientras tanto, en el debate, participaron 13 legisladores, quienes se refirieron a favor y en contra de la iniciativa del Ejecutivo.

Así mismo, el cumplimiento de la regla de asignación mínima prioritaria prevista en la Ley será obligatorio y verificable en las fases de formulación, asignación, reformas, devengado y ejecución del presupuesto institucional de municipios y prefecturas.

En cambio, esta regla fiscal no será aplicable a los gobiernos parroquiales.

Los GAD publicarán trimestralmente el indicador de gasto, su composición por ítems y las medidas adoptadas para cumplir la regla, conforme a los principios de transparencia y evaluación de la gestión pública.

Finalmente, el Ministerio de Finanzas realizará el informe de seguimiento trimestral dentro de los 60 días posteriores a la finalización de cada trimestre. La regla de asignación mínima prioritaria se ejecutará de manera progresiva: en el 2026 será del 65%, para el 2027 el 68% y desde 2028 en adelante, del 70%. El texto aprobado incluyó una disposición transitoria respecto del presupuesto prorrogado del 2027, las prefecturas y los municipios iniciarán el ejercicio fiscal con el presupuesto codificado al 31 de diciembre del 2026, pudiendo efectuar los ajustes y reprogramaciones presupuestarias que resulten necesarios para garantizar el ejercicio de sus competencias.

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