Asamblea Nacional aprobó Ley de Extinción de Dominio

Con 131 votos afirmativos la Asamblea Nacional, aprobó el proyecto de Ley Orgánica de Extinción de Dominio, sobre la base del informe elaborado por la Comisión de Participación Ciudadana y Control Social.

Tras el segundo debate, se recogieron 12 observaciones, entre ellas: la incorporación de cosa juzgada, enajenación anticipada de los bienes, reciprocidad internacional, administración, venta y monetización de los bienes en el exterior.

El objetivo de la normativa es regular la extinción de dominio de los bienes de origen ilícito o injustificado o destino ilícito a favor del Estado. Además, la ley establece que la extinción de dominio es patrimonial, imprescriptible, autónoma, distinta e independiente de cualquier otro proceso o materia.

Así mismo, la norma contempla que se respetarán los derechos y garantías reconocidos en la Constitución de la República y en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado, que resulten pertinentes con la naturaleza del procedimiento de extinción de dominio.

La Ley de Extinción de Dominio se regirá bajo los principios de: Derecho a la propiedad; Nulidad de origen; Retrospectividad; Imprescriptibilidad; Contradicción; Objetividad y transparencia; y, Reciprocidad Internacional.

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