NUEVOS PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS PARA EL JUICIO POLÍTICO

De acuerdo a la reforma de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, publicada en el Registro Oficial número 326, de 10 de noviembre 2020, rigen importantes cambios, tanto en los procedimientos, como en los plazos para la calificación y el desarrollo de los juicios políticos.

La solicitud o pedido de juicio político debe contar con todos los requisitos previstos en la Ley, el Presidente de la Asamblea Nacional, en un plazo máximo de cinco días, pondrá en conocimiento del Consejo de Administración Legislativa (CAL) la solicitud de enjuiciamiento político.

Así mismo, si se presentare varias solicitudes ingresadas simultáneamente, este plazo podrá extenderse a un máximo de diez días.

Una que vez el CAL conozca la solicitud requerirá un informe técnico jurídico no vinculante de cumplimiento de requisitos a la Unidad de Técnica Legislativa, la misma que remitirá dicho informe en el plazo de tres días.

El Consejo Administración Legislativa, en diez días, desde la fecha de su conocimiento de la solicitud de enjuiciamiento político, verificará el cumplimiento de los requisitos y dará inicio al trámite, los solicitantes podrán presentar un alcance a la solicitud, de considerarlo pertinente.

Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, el Presidente de la Asamblea Nacional remitirá, en tres días, a través de la Secretaría General de la Asamblea Nacional, la solicitud de enjuiciamiento político junto con la documentación de sustento, a la Comisión de Fiscalización y Control Político para que avoque conocimiento y sustancie el trámite.

El Presidente de la Comisión de Fiscalización pondrá en conocimiento del Pleno de la Comisión la solicitud de enjuiciamiento político, dentro de cinco días, en todas las etapas del juicio político se respetará el debido proceso y las demás garantías y derechos constitucionales.

La Comisión de Fiscalización podrá acumular dos o más solicitudes de juicio político en caso de identidad en el sujeto y conexidad en los hechos que puedan ser tramitadas en los mismos tiempos procesales, acumuladas las solicitudes se considerará un solo proceso de juicio político.

El tramite del juicio político en contra de las y los miembros de un cuerpo colegiado, las responsabilidades políticas que se determinen serán individualizadas.

La Comisión de Fiscalización, dentro del plazo de cinco días desde la recepción de la solicitud, avocará conocimiento y verificará que cumpla con lo que dispone el artículo 131 de la Constitución de la República, caso contrario lo archivará.

Calificado el trámite, la Comisión notificará al funcionario o funcionaria sobre el inicio de este, acompañando la solicitud de enjuiciamiento y la documentación de sustento, con el fin que en quince días presente su argumentos a las acusaciones políticas realizadas y las pruebas de descargo que considere pertinentes.

Así mismo, la Comisión de Fiscalización notificará a los asambleístas solicitantes que dentro de quince días que se encuentran transcurriendo presenten las pruebas de cargo que sustenten sus denuncias.

Con la contestación de la o el funcionario enjuiciado o sin ella, se establecerá el plazo de diez días adicionales para la actuación de las pruebas, las cuales serán a costo del solicitante.

La Comisión de Fiscalización y Control Político por decisión de la mayoría simple de sus integrantes podrá solicitar pruebas de oficio.

Los órganos y dependencias de la Asamblea Nacional brindarán todas las facilidades y el apoyo técnico especializado que la Comisión requiera para cada caso. Las y los servidores públicos entregarán la información solicitada dentro del plazo de actuación de pruebas. La o el funcionario que no entregue la información solicitada, será destituido.

Si durante el proceso de sustanciación del juicio político, el Consejo de Administración Legislativa remitiera una nueva solicitud de juicio político, su plazo para avocar conocimiento correrá a partir de la finalización del proceso en curso al interior de la Comisión.

Los asambleístas solicitantes, en la fecha y hora señaladas en el orden del día, presentarán sus pruebas de cargo ante la Comisión por el lapso máximo de tres horas, luego de lo cual, las y los asambleístas que la integran y las y los asambleístas acreditados a participar, de conformidad con esta Ley, podrán realizar preguntas por el tiempo máximo de diez minutos, con derecho a réplica.

La contestación de los asambleístas solicitantes será de máximo diez minutos por pregunta.

La funcionaria o funcionario cuestionado, en la fecha y hora señaladas en el orden del día, presentará o expondrá sus pruebas de descargo ante el pleno de la Comisión de Fiscalización, por el lapso de tres horas, luego de lo cual, los asambleístas integrantes de la Comisión, los solicitantes y los asambleístas acreditados a participar de conformidad con esta Ley, tendrán un tiempo de diez minutos para realizar sus cuestionamientos, con posibilidad de una contra réplica de diez minutos adicionales. La contestación del funcionario público cuestionado será de diez minutos por pregunta.

Las comparecencias solicitadas como pruebas de cargo, descargo y de oficio, tendrán una duración de treinta minutos; luego de lo cual, las y los asambleístas de la comisión, las y los asambleístas solicitantes y los acreditados a participar de conformidad con esta Ley, podrán realizar preguntas por diez minutos, con derecho a réplica. La contestación de las y los comparecientes, será de máximo diez minutos por pregunta.

Concluido el plazo para la actuación de las pruebas de cargo y de descargo, la Comisión de Fiscalización remitirá, en cinco días, a la Presidencia de la Asamblea Nacional, un informe que detalle, motivadamente, las conclusiones y razones por que recomienda al Pleno de la Asamblea Nacional el archivo del trámite o el juicio político.

De considerarlo necesario la Comisión de Fiscalización podrá solicitar al Presidente de la Asamblea Nacional una prórroga de hasta cinco días adicionales para la remisión del informe.

De no haber informe dentro de los plazos previstos en este artículo, el Presidente de la Comisión de Fiscalización remitirá en el plazo de dos días, al Presidente de la Asamblea Nacional, las actas de votación correspondientes y un informe que detallará las posiciones de los asambleístas miembros de la Comisión para que sea el Pleno el que resuelva ya sea el archivo o el juicio político.

En todos los casos, la Secretaría General de la Asamblea Nacional, en el plazo máximo de dos días, notificará con el informe al funcionario sobre el que verse la solicitud de juicio político, por medios físicos o electrónicos. En el mismo plazo el informe será difundido a las y los legisladores.

Finalmente, estas normas están incluidas en los artículos 80, 80.1, 81, 81.1 y 82 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa reformada, pues a partir del artículo 83 le corresponde al Pleno de la Asamblea Nacional resolver sobre el informe o la ausencia del mismo y posteriormente, proceder con la fase definitiva del juicio político.

NEW MUSIC DROP: KAROL G, ANUEL AA, J BALVIN, NICKY JAM, ROMEO SANTOS Y MÁS

Lo más importante para mí es darle a mis fans una experiencia única y diferente con cada sencillo, tanto en la parte musical como en lo visual», indicó Karol G en un comunicado de prensa, con el que presenta su nuevo sencillo al lado de Anuel AA y J Balvin.

«Location’ es una canción muy especial porque pude colaborar con artistas que tanto admiro, combinamos sonidos de reggaetón, hip, hop y country”.

Además hicimos un súper video lleno de energía y rodeo vibes, aseguró emocionada.

El video musical de la canción fue dirigido por Colin Tilley, quien le dio una increíble fiesta dentro de un desierto, llena de energía y un ambiente al estilo de un verdadero rodeo.

Location’ Karol G, Anuel AA y J Balvin

EL 19 DE FEBRERO INICIARÁ EL CAMPEONATO NACIONAL DE FÚTBOL DE LA SERIE A

El campeonato ecuatoriano de fútbol 2021, Liga Pro Serie A 2021, será la sexagésima tercera edición del fútbol profesional ecuatoriano y la tercera bajo la denominación de Liga Pro.

El torneo es organizado por la Liga Profesional del Ecuador y consistirá en un sistema de 3 etapas.

La primera y segunda etapa se desarrollarán con un sistema de todos contra todas.

Mientras que la tercera etapa consistirá en una final ida y otra de vuelta con los ganadores de cada etapa.

Se otorgarán cuatro cupos para la Copa Libertadores 2022, el campeón y subcampeón, primer y segundo mejor puntaje de la tabla general y tres para la Copa Sudamericana 2022 que serán del tercero al quinto mejor puntaje de la tabla general.

Finalmente, será la segunda vez en la historia que el Nacional no participe en la serie A tras haber descendido en la temporada anterior después de 41 años.

EL SÁBADO 13 DE FEBRERO DE 2021 INICIA EL REGISTRO DE ASPIRANTES A OFICIALES NIVEL DIRECTIVO DE LA POLICÍA NACIONAL

Hoy, el Ministerio de Gobierno, la Comandancia de la Policía Nacional del Ecuador y la Senescyt, hicieron la presentación del proceso de Reclutamiento y Selección para aspirantes a servidores policiales nivel directivo 2021.

Según, informó el viceministro del Interior, coronel (sp) Patricio Ramírez.

El objetivo central de este nuevo proceso de la institución policial, es “fortalecer la seguridad ciudadana”, explicó el Viceministro en rueda de prensa, en la que estuvo acompañado por el coronel Pablo Ramírez, Director de Educación de la Policía Nacional, y Cristian León, director de Apoyo y Seguimiento Académico de la Senescyt.

Desde el sábado 13 hasta el miércoles 17 de febrero, en la página del Ministerio de Gobierno https://reclutamiento.ministeriodegobierno.gob.ec/reclutamiento3/fend/index.php, será la apertura del registro y la postulación de acuerdo al número de cédula de identidad, en el siguiente orden:

Fecha de registro Cédulas de Identidad Terminadas en:

Sábado, 13 de febrero 1 y 2

Domingo, 14 de febrero 3 y 4

Lunes, 15 de febrero 5, 6 y 7

Martes, 16 de febrero 8, 9 y 0

Miércoles, 17 de febrero Todos los números

El proceso de selección tendrá doce fases, durante las cuales se evaluarán temas de orden académico, psicológico, físico, médico-odontológico y de confianza.

Entre los requisitos para acceder, está el haber obtenido 800 puntos en el examen “Ser Bachiller” de la Senescyt y tener una estatura mínima de 1,68 metros descalzos para los hombres y 1,57 metros para las mujeres.

“En este proceso se seleccionarán 170 hombres y 30 mujeres para el área directiva de la Policía Nacional y estará vinculado a exigencias elementales, como principio fundamental, la meritocracia.

Ingresarán los mejores hombres y mujeres que estén dotados de cualidades de acuerdo a las exigencias que señala la Constitución de la República”, señaló el Viceministro del Interior.

Finalmente, la formación de los aspirantes al nivel Directivo durará cuatro años, en la Escuela Superior General Alberto Enríquez Gallo, transcurrido el tiempo se graduarán con el Grado de Subteniente de Policía y obtendrán la Licenciatura en Ciencias Policiales y Seguridad Ciudadana.