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3 MILLONES DE DÓLARES EN OBRAS DE MITIGACIÓN EN LA QUEBRADA EL TEJADO

Más de 3 millones de dólares destinados para la ejecución de obras de mitigación de riesgos ante un posible aluvión, en la quebrada El Tejado centro-norte de Quito, ubicada en las faldas del Pichincha.

Además, como acción inmediata, incrementaron la altura y volumen de retención de la torre de captación de la quebrada, la construcción de una vía de acceso para el ingreso de maquinaria pesada y la ampliación del canal a 4 metros de ancho para facilitar la limpieza del material acumulado.

Así mismo, la ampliación de la zona de retención de material en la parte superior de la quebrada. El Reservorio triplicó su capacidad a 12 mil metros cúbicos, se implementado una torre de captación en el sector sur del embalse.

Mientras tanto, se instalarán mallas dinámicas en tres zonas estratégicas de la cuenca media de la quebrada para contener los flujos y se ejecutarán obras de retención en la parte baja de la quebrada que consiste en la ampliación de la zona de retención de materiales con una capacidad de 20 mil metros cúbicos y la construcción de una nueva torre de captación.

Finalmente, a través del financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo, se realizará los diseños para obras de mitigación en las microcuencas: La Pulida, Atucucho, Habas Corral, La Concepción, Caicedo, Rumipamba, El Tejado, Vásconez y Ascázubi.

CNE SE REUNIÓ CON LA MISIÓN DE OBSERVACIÓN ELECTORAL DE LA UNIÓN EUROPEA

Este 14 de enero 2025, las autoridades del Consejo Nacional Electoral se reunieron con la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea con el objetivo de socializar el cumplimiento de las Elecciones Generales 2025.

Según, la presidenta del CNE, Diana Atamaint, la presencia de la UE, luego de 15 años, ratifica la transparencia en la ejecución de los procesos electorales y su compromiso con la democracia en la región.

Por su parte, el jefe de la Misión de Observación Electoral de la UE, Gabriel Mato, indicó que se desempeñará con total independencia y acompañará de cerca estos comicios.

Alrededor de 126 observadores electorales de la UE se desplegarán a nivel nacional durante la Primera Vuelta de las Elecciones Generales 2025.

DEFINIDO EL ORDEN DE UBICACIÓN, INTERVENCIÓN, FRANJAS DE PARTICIPACIÓN Y PRIMERA INTERPELACIÓN POR CADA EJE DEL DEBATE PRESIDENCIAL 2025

El Consejo Nacional Electoral, con la presencia de los delegados de los 16 candidatos a la Presidencia de la República y del Notario Sexagésimo Tercero de Pichincha, Carlos Mantilla, definió este 13 de enero, mediante un sorteo público, el orden de ubicación, intervención, franja horaria de participación y primera interpelación de los tres ejes temáticos del Debate Presidencial Obligatorio 2025 que son: Seguridad y Prevención del Crimen; ⁠Eficiencia del Estado y Servicios Públicos, ⁠Crecimiento Económico y Generación de Empleo.

El Debate Presidencial Obligatorio de primera vuelta se realizará el domingo 19 de enero, de 19h00 a 22h00, dividido en dos franjas horarias de ochos candidatos cada una. Este espacio democrático con reglas claras y enfoque técnico permitirá que la ciudadanía conozca los planes y propuestas de los candidatos, con el objetivo de promover el voto informado.

Los resultados del sorteo correspondientes a las primeras interpelaciones de los tres ejes temáticos y de las dos franjas horarias están disponibles en http://www.cne.gob.ec, sección Debates Electorales.

DENISSE MOLINA Y FABRICIO VELA MODERARÁN EL DEBATE PRESIDENCIAL OBLIGATORIO 2025

Los comunicadores Denisse Molina y Fabricio Vela fueron designados por el Pleno del Consejo Nacional Electoral, como los moderadores del Debate Presidencial obligatorio 2025, primera vuelta, previsto para el domingo 19 de enero.

La designación se aprobó, con base en la terna de profesionales remitida por el Comité Nacional de Debates, considerando los criterios establecidos en el Reglamento de Debates: paridad de género, título académico y trayectoria de al menos 4 años.

Los moderadores se encargarán de gestionar los tiempos de intervención de las y los candidatos, velar por el cumplimiento de las buenas prácticas y reglas acordadas, realizar la apertura y cierre de cada franja y ejes temáticos, así como la presentación y cierre del debate

De esta manera, el CNE promueve el voto informado de la ciudadanía, con la puesta en escena de un espacio de deliberación democrática con reglas claras y enfoque técnico, que será transmitido en cadena nacional de radio y televisión y en las redes sociales institucionales.

LA ASAMBLEA DEVOLVIÓ AL PRESIDENTE NOBOA EL OFICIO CON EL QUE PRETENDIÓ ENCARGAR LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Por disposición de la presidenta encargada de la Asamblea Nacional, Esther Cuesta, la Secretaría General de la Asamblea Nacional devolvió al presidente de la República, Daniel Noboa, el oficio mediante el cual pretendía encargar temporalmente la Presidencia de la República sin cumplir lo establecido en la Constitución y la Ley.

En el oficio, el presidente Noboa notifica que encargará la Presidencia del Ecuador a Cynthia Natalie Gellibert Mora, desde las 17h00 del 9 de enero hasta las 16h59 del domingo 12 de enero del 2025.

Sin embargo, esta decisión no cumple con lo dispuesto en los artículos 146 de la Constitución de la República, 42 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y 30 del Código Civil.

Además, el artículo 146 de la Constitución de la República establece que: “En caso de ausencia temporal en la Presidencia de la República, lo reemplazará quien ejerza la Vicepresidencia. Se considerará ausencia temporal la enfermedad u otra circunstancia de fuerza mayor que le impida ejercer su función durante un período máximo de tres meses, o la licencia concedida por la Asamblea Nacional”.

Para ello, el artículo 42 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa señala, expresamente, que: “La Presidenta o el Presidente de la República podrá solicitar a la Asamblea Nacional licencia para ausentarse temporalmente de la Presidencia, por un período máximo de un mes, La Asamblea Nacional evaluará la solicitud y podrá aceptarla o negarla con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus integrantes”.

De igual forma, el decreto 500 del Ejecutivo, en el que se sustenta el oficio remitido a la Legislatura, no se apega a la descripción jurídica contenida en el artículo 30 del Código Civil vigente, el presidente Daniel Noboa asume como una situación de fuerza mayor que los ciudadanos confundan los actos del presidente como candidato.

Mientras tanto, la Ley es clara y el artículo 30 del Código Civil ecuatoriano dice que se llama fuerza mayor o caso fortuito a imprevistos que se pueden resistir, como un naufragio, terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público.

Finalmente, contrariamente a lo que pretende el Ejecutivo, los considerandos que constan en el Decreto Nro. 500 muestran que existe una clara necesidad de solicitar una licencia sin remuneración conforme lo ordena la Constitución y la Ley. Si bien, tras la disolución de la Asamblea Nacional, figura prevista en la Constitución de la República en el artículo 148, este periodo posterior no se contabiliza como un plazo ordinario de elecciones, porque limitaría el derecho político a ser elegido durante cuatro años, eso no conlleva que los candidatos que ejerzan un cargo público no deban solicitar una licencia sin remuneración. Los artículos 146 de la Constitución de la República, así como el 93 del Código de la Democracia, disponen que para la elección del mismo cargo y en caso de ausencia temporal es necesario la solicitud de licencia sin remuneración para que no se den actos de proselitismo político en ejercicio de un cargo público.

EL PRESIDENTE NOBOA PODRÍA INCURRIR EN UNA FALTA GRAVE AL NO PEDIR LICENCIA PARA HACER CAMPAÑA

El secretario general de la Asamblea Nacional, Alejandro Muñoz, indicó que el presidente de la República, Daniel Noboa estaría cometiendo varios errores jurídicos que incluso podrían configurar una grave infracción electoral. Incluso, al no solicitar permiso acorde a la normativa podría incurrir en mal uso de los recursos públicos.

“Si un funcionario público hace campaña sin haber solicitado licencia, puede estar haciendo uso de recursos públicos y eso podría llegar a una grave infracción electoral e incluso a un presunto delito de peculado”, aseguró.

En cambio, el Decreto Ejecutivo No 500 argumenta como motivaciones de fuerza mayor las acciones del presidente como candidato a las próximas elecciones. Esa causa no está apegada al artículo 30 del Código Civil, que indica los motivos de fuerza mayor, como un naufragio o terremoto.

“Hacer campaña o proselitismo político no es una causa de fuerza mayor. El cumplimento de la Ley no es un caso de fuerza mayor”, manifestó Muñoz.

Según, el artículo 146 de la Constitución, el presidente de la República debe solicitar licencia a la Asamblea Nacional para ausentarse temporalmente.

Mientras tanto, que el artículo 42 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa indica que el Pleno de la Asamblea Nacional, como máximo órgano de decisión, resolverá sobre el pedido.

Finalmente, Muñoz aseguró que en caso de otorgarse la licencia, la Presidencia estará presidida por la vicepresidenta Verónica Abad, quien debe reemplazar a Noboa. “No ha existido en este Parlamento una ausencia temporal ni tampoco un abandono del cargo. La vicepresidenta en funciones es Verónica Abad”, precisó.

REGISTRÓ DE PERSONAS DONANTES Y RECEPTORAS EN EL PRIMER DEBATE DE LAS REFORMAS A LA LEY DE DONACIÓN Y TRASPLANTE

El Pleno de la Asamblea Nacional analizó en primer debate el informe por la comisión de Derecho a la Salud sobre las reformas a la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células.

“El proyecto busca garantizar la calidad de los trasplantes, tanto para los donantes como para los receptores, así como promover la lucha contra las prácticas ilegales relacionadas, como el tráfico de órganos”, señaló la asambleísta Rosa Belén Mayorga.

Además, la propuesta transparenta los procesos de donación y trasplante, garantizando un proceso ético, seguro, eficiente, equitativo en su acceso y protege a las personas vulnerables de ser explotadas.

Así mismo, temas como la potestad de la autoridad sanitaria nacional de llevar el Registro Nacional de Personas Donantes y Receptoras, las personas jurídicas públicas y privadas dedicadas a la atención de personas trasplantadas, que formará parte del Sistema Nacional de Datos Públicos.

También, la obtención de un certificado que identifique su condición de donante o trasplantado, el cual será emitido posteriormente a un informe médico que determine una u otra condición.

Para el legislador Humberto Tapia el registro permitirá a la autoridad sanitaria, planificar la adquisición de medicamentos, insumos, así como su posterior distribución a los pacientes trasplantados, dijo.

En cambio, los asambleístas Isela Santibáñez, Dennis Realpe y Juan Carlos Rosero coincidieron en que la norma crea mecanismos técnicos a fin de incrementar la tasa de donaciones, así como para dar seguimiento continuo, tratamiento y medicación necesaria a pacientes trasplantados.

Mientras tanto, la asambleísta Gina Macas indicó que el proyecto debatido debe articularse plenamente con la mejora sustancial de hospitales y centros de trasplantes en todo el Ecuador, “actualmente el proceso se realiza únicamente en las ciudades de Quito, Guayaquil y Cuenca, dificultando su acceso a pacientes en otros territorios”.

Finalmente, el proyecto retornará a la comisión de la Salud para continuar con el proceso legislativo y la elaboración del informe para segundo debate.

98 ASAMBLEÍSTAS ALTERNOS Y SUPLENTES SE PRINCIPALIZARON

Según, la presidenta encargada de la Asamblea Nacional, Esther Cuesta para la sesión 1003 se ha procedido a principalizar a 98 asambleístas alternos y suplentes, que actuarán hasta el 9 de febrero del 2025.

Entre este lunes y martes habrá sesión del Pleno de la Asamblea y lo retomaran después del receso legislativo, dijo Cuesta.

“Existen varios proyectos de Ley para el tratamiento en primer y segundo debate; entre las prioridades del Parlamento constan el cumplimiento de los plazos, en el marco de la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa, sostuvo.

Finalmente, la licencia sin remuneración de los asambleístas que son candidatos a un mismo cargo, recordó que la resolución tomada por el Pleno de la Asamblea Nacional, en la cual se determina que hasta el 9 de febrero del 2025 están suspendidos los plazos de los trámites, las funciones del CAL, así como las sesiones de las Comisiones Especializadas Permanentes y Ocasionales en las que el Presidente y Vicepresidente son candidatos de elección popular.

“ESTE PAÍS NO NECESITA MÁS SILENCIOS CÓMPLICES”

La presidenta de la Asamblea Nacional, Viviana Veloz, presentó la moción para la declaratoria del 8 de diciembre de cada año, como Día de Luto Nacional en Memoria de la Justicia y la Lucha contra la Impunidad, por el atroz crimen cometido contra los cuatro niños de Las Malvinas, en Guayaquil.

“Lo hacemos en memoria de los cuatro niños de Las Malvinas. Inocentes víctimas de los abusos, desafueros, extralimitaciones y excesos”, los delitos de lesa humanidad no prescriben, dijo la presidenta Viviana Veloz.

Además, el país tiene una memoria histórica corta y en ese contexto, es necesario un recordatorio que casos como este no pueden quedar en la impunidad, expresó Veloz.

“Todas las mujeres, hombres y ciudadanos sensibles nos hemos puesto en los zapatos de los padres de estos niños. Este país no necesita más héroes nacionales, necesita justicia social”, sostuvo.

También, la resolución permitirá que las barras altas del Pleno Legislativo sean nombradas como “Los cuatro de Las Malvinas”, en memoria de Ismael y Josué Arroyo (15 y 14 años), Saúl Arboleda (15 años) y Steven Medina (11 años).

Con 92 votos a favor el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó la resolución presentada por la presidenta de la Asamblea quién agradeció a los legisladores que se pusieron de lado de las víctimas y aseguró que queda demostrado que hay un doble discurso, por un lado, el oficialismo pretendió declarar a los menores héroes nacionales, pero para esta resolución se abstuvieron de dar su voto.

Finalmente, “queda demostrado que una cosa es la que dicen en el discurso y otra la que aplican en la práctica. Tienen un silencio cómplice y aunque guarden ese silencio cómplice, nunca podrán lavarse la cara”, precisó.

ESTHER CUESTA SERÁ LA PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA

El Pleno de la Asamblea Nacional resolvió encargar temporalmente la presidencia de la Asamblea a la primera vocal del Consejo de Administración Legislativa, Esther Cuesta, por el período comprendido del domingo 05 de enero al domingo 09 de febrero del 2025, por cuanto la presidenta Viviana Veloz, así como el Primer y Segundo Vicepresidente son candidatos de elección popular al mismo cargo y de pleno derecho deberán hacer uso de licencia sin remuneración en periodo de campaña electoral.

Durante este tiempo se suspenderán los plazos de los trámites, las funciones del CAL, así como las sesiones de las Comisiones Especializadas Permanentes y Ocasionales en las que el Presidente y Vicepresidente sean candidatos de elección popular.