PROHIBIDO EL USO DE ARMAS BLANCAS EN ESPACIOS PÚBLICOS EN QUITO

El que porte arma blanca en el espacio público será retenida, decomisada el arma y sancionada con medio salario básico unificado, 212,50 dólares.

Además, aquel ciudadano que sea encontrada con un arma blanca en espacios especiales turísticos, parques metropolitanos y en el transporte público, recibirán la sanción de un salario básico unificado 425 dólares.

Así mismo, son consideradas armas blancas todos aquellos elementos cortantes, punzantes, corto punzantes y corto contundentes como cuchillos, navajas, puñales, puñaletas, punzones, manoplas, cachiporras, machetes, garfios, leznas, mazos, hachas, cortaplumas, patas de cabra, estoques, dagas, sables, espadas o cualquier otro objeto con características similares, que puedan ser utilizadas como armas de carácter defensivo u ofensivo para amenazar, lesionar o quitar la vida a las personas, de acuerdo a lo previsto en el artículo 478 del Código Orgánico Integral Penal.

En cambio, no son consideradas armas blancas aquellos elementos que las personas evidencien que se utilizan de manera específica y comprobable en actividades laborales, profesionales o de comercio en espacios públicos.

Por lo que, los operativos serán efectuados por la Policía Nacional, los Agentes de Control Metropolitano Quito y la Agencia Metropolitana de Control (AMC) que ejecutará todos los procedimientos administrativos sancionadores por el cometimiento de las infracciones que encuentran tipificadas en la normativa legal nacional y metropolitana vigente.

De acuerdo a la ordenanza metropolitana reformatoria del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito, contenido en la Ordenanza Metropolitana 001 del 29 de marzo 2019, que sustituye el título I, del Libro IV.8, sobre la Seguridad y Convivencia Ciudadana, aprobada este jueves 2 de junio 2022 en sesión extraordinaria No. 225 del Concejo Metropolitano de Quito.

Finalmente, esta no es una tipificación de delito, a través de esta ordenanza, se establecen medidas encaminadas a fomentar la seguridad y la convivencia ciudadana, dentro de las competencias y atribuciones que la Constitución y las leyes otorgan al Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito.

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