El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional aprobó el protocolo para la prevención de la propagación de la COVID-19 en las unidades de transporte terrestre público, elaborado por la Agencia Nacional de Tránsito.
Además, el COE dispuso que desde el miércoles 12 de enero del 2022, todos los pasajeros mayores de 12 años deban portar su carnet o certificado de vacunación para viajar en los buses interprovinciales e intraprovinciales.
En cambio, los niños mayores de cinco años desde el lunes 17 de enero. Este espacio de tiempo por edad, la finalidad para que los niños y adolescentes que aún no tienen sus dos dosis puedan acudir a los centros de vacunación y recibir las dosis correspondientes.
Sin embargo, el protocolo aprobado, para comprar un boleto de bus interprovincial e intraprovincial los usuarios tendrá que presentar el carnet o certificado de vacunación y su cédula de identidad. En el caso que la compra del boleto lo realice un tercero debe este presentar el carnet de vacunación y la cédula del pasajero.
También, la medida aplica para el transporte turístico. Si los pasajeros no porten el carnet de vacunación, es obligación de las operadoras de transporte verificar con el número de cédula de los ciudadanos si constan en la base de datos de personas inmunizadas por el Ministerio de Salud Pública, a través del siguiente link: https://certificados-vacunas.msp.gob.ec/.
Mientras tanto, los conductores y ayudantes de buses interprovinciales e intraprovinciales que no tengan el carnet de vacunación no podrán trasladar pasajeros. Si lo hacen, la operadora será sancionada, explicó Adrián Castro, Director de la Agencia Nacional de Tránsito.
Por lo que, las operadoras de transporte terrestre que identifiquen usuarios que presenten síntomas de la COVID-19 como: afecciones respiratorias, fiebre, tos, dificultad para respirar, fatiga, secreciones nasales y malestar general, realizarán una parada inexcusable, en el lugar más cercano a un centro o dispensario médico y se notificará a la entidad competente para que se realice el procedimiento epidemiológico correspondiente.
Las operadoras de transporte terrestre informaran a través de sus carteleras, redes sociales y medios de difusión sobre las medidas de prevención y control del carnet de vacunación.
Las direcciones provinciales de la ANT y los entes de control a nivel nacional realizarán controles para verificar el cumplimiento del protocolo, de acuerdo a sus procedimientos y competencias
Finalmente, la ANT exhortó a los municipios del país a desarrollar sus propios protocolos, que permitan controlar a las modalidades de su competencia, principalmente a las operadoras de transporte escolar e institucional, para verificar que sus usuarios hayan sido inoculados y no permitir el ingreso de personas que no cuenten con su cédula y carnet de vacunación a las terminales terrestres de su jurisdicción, precisaron.